jueves, 12 de noviembre de 2009

NUEVAS DISPOCISIONES DEL B.C.R.A

Comunicamos a título informativo las nuevas dispociciones para los cheques ( atención los miembros de CD!!) incorporadas por la comunicación "a" 4971 del B.C.R.A con vigencia desde el 1/11/2009.

Casos en los que se aplica:

Cuando se depositen cheques librados al portador, o a favor de una persona determinada que sean entregados por su beneficiario a un tercero para la gestión de cobro mediante su presentación en ventanilla o a través de su depósito en cuenta para su compensación electrónica.


Modificaciones que se incorporan:

Se deberá expresar al dorso del cheque:

  • Firma y aclaración de quien le ha solicitado la gestión del cobro del cheque y el número de identificación personal. En el caso de personas físicas deberá indicar el tipo y número de documento que instrumenta el mandato.

  • Indicar alguna de las siguientes expresiones: "en procuración", "valor al cobro" o "para su gestión de cobro", como manifestación de los efectos de ese endoso.

  • La obligación de indicar el número de identificación personal o CUIT o CDI, según corresponda y la leyenda mencionada anteriormente recae, indistintamente, en quien solicitó la gestión del cobro del cheque y sobre usted.

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